Unos de las acusaciones de abuso sexual más polémicas de España y que ha tenido más eco en el mundo parece que llegó a su fin judicial, pero no parece así civilmente y para la prensa rosa española
Tal y como estaba pautado, la Audiencia Provincial de Navarra dio su dictamen el día de hoy, y sentenció a nueve años de prisión y luego de esto deberán cumplir cinco años de libertad condicional o vigilada, a los cinco miembros de ‘La Manada’ que estaban acusados de la violación múltiple de una joven madrileña al inicio de los Sanfermines, en la madrugada del 7 de julio de 2016, en un portal de Pamplona.
El fallo, con el voto particular de uno de los tres jueces para pedir la absolución, ha interpretado que el delito concurrente es el de abuso sexual, y no el de agresión sexual, acusación de la que han sido absueltos, se suma a su condena el abono a la joven una indemnización conjunta y solidaria de 50.000 euros .
La sentencia, de 371 páginas, también establece para los acusados -José Ángel Prenda (28 años), Ángel Boza (26), Jesús Escudero (27), Alfonso Jesús Cabezuelo (29) y Antonio Manuel Escudero (29)- la prohibición de acercarse a 500 metros a lo joven agredida y ponerse en contacto con ella durante 15 años.
A uno de los sentenciados se le añade una condena por el delito de hurto (se acusaba de robo con intimidación), de dos meses de multa de 15 euros diarios durante dos meses (300 euros de multa total).
En contra a lo que una gran parte de la opinión publica esperaba, los cinco jóvenes sevillanos han sido absueltos del delito de robo con intimidación del que habían sido acusados.
El voto particular pedía la absolución de todos los delitos, salvo el de dicho hurto, por el robo del móvil de la joven denunciante.
El fallo, es recurrible en el plazo de diez días ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, y sobre la decisión de este, que podría tardar varios meses en llegar, se puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. De momento, tanto la defensa de la víctima, como las de los acusados, así como las acusaciones populares, han anunciado que recurrirán.
Sin pruebas reales solo impresión
El fallo, que ha causado la indignación de cientos de personas ante la sede de la Audiencia de Navarra, considera que la joven denunciante sintió «un intenso agobio y desasosiego» en el portal en el que ocurrieron los hechos, «que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados».
El «conjunto de circunstancias», añade el escrito, causó en la denunciante «un bloqueo emocional que le impidió reaccionar ante los hechos» y le hizo adoptar una actitud de «sometimiento y pasividad».
Miguel Ángel Morán, el abogado de la víctima, ha manifestado que está «decepcionado» con el fallo de la sentencia, que no esperaba.
Por su parte, Agustín Martínez Becerra, abogado de cuatro de los cinco acusados, ya adelantó que recurrirían si no se les declaraba inocentes.
Al conocer la sentencia, ha considerado que «no es ajustada a derecho« al «sacarse de la manga un delito de abuso sexual con prevalimiento que en ningún caso ha sido base de acusación y no nos hemos podido defender».
El abogado del quinto condenado, Jesús Pérez, también ha dicho que recurrirá y que llegará «donde haga falta», y ha señalado que el voto particular de uno de los magistrados le ayudará «bastante» en su propósito.
Razones de los jueces
Según Ricardo González uno de los magistrados del caso la decisión «en conciencia imposible afirmar que lo que se está viendo sea una agresión sexual violenta o que la mujer actúe bajo la influencia de una intimidación».
Agrega además que por más que se pretenda por las acusaciones «no se manifiesta en modo alguno, como también que se encuentre en un estado de ‘shock’ de tal intensidad que la tenga paralizada o sometida».
Incluso agrega,que los gestos, expresiones y sonidos que emite la víctima de La Manada se desprende «excitación sexual», aunque reconoce esto no supone necesariamente que la relación sexual sea consentida.