Una sexagenaria con problemas de hipertensión y nervios, hizo a un lado el miedo y denunció a su hijo Franklin Castillo de la Mata de 31 años, por golpearla. El hecho se produjo en el Barrio Leonardo Ruíz Pineda, en la parroquia Coquivacoa. Presuntamente el sujeto luego de pasar varias horas en casa de unas amigas, llegó a la vivienda de su madre con quien vive y la comenzó a insultar y golpear.
La señora fue trasladada al Hospital Central donde fue atendida por los médicos de la emergencia quienes constataron que la víctima presentaba equimosis en ambas rodillas y sangrado. Luego de ser atendida procedió a denunciar a su hijo ante las autoridades. Al momento de la detención el agresor no opuso resistencia y admitió haber golpeado a su madre.
Vecinos del sector indicaron que no es la primera vez que Franklin Castillo agrede físicamente a su progenitora, y lo describieron como una “persona conflictiva”. “Desde pequeño ha presentado una conducta agresiva, maltrata verbalmente a su mamá todos los días, y cuando llega en la madrugada pasado de licor le pega”, dijo una vecina que pidió no se revelara su nombre por razones de seguridad.
Castillo se encuentra a la orden del Ministerio Público, por la comisión de delito previsto en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre, artículo 93 que entre otras cosas indica que: “Se tendrá como flagrante todo delito previsto en esta Ley que se esté cometiendo o el que acaba de cometerse. También se tendrá como flagrante aquél por el cual el agresor sea perseguido por la autoridad policial, por la mujer agredida, por un particular o por el clamor público, o cuando se produzcan solicitudes de ayuda a servicios especializados de atención a la violencia contra las mujeres (…) En estos casos, toda autoridad deberá y cualquier particular podrá, aprehender al agresor.
Cuando la aprehensión la realizare un particular, deberá entregarlo inmediatamente a la autoridad más cercana, quien en todo caso lo pondrá a disposición del Ministerio Público dentro de un lapso que no excederá de doce horas a partir del momento de la aprehensión…”.
Nota de Prensa Alcaldía Maracaibo