El instrumento legal respetó en gran medida los acuerdos logrados con el sector privado, aunque incorporó tres cambios relevantes.
La ley mantuvo las tres fórmulas para fijar el canon de arrendamiento de los locales comerciales: fijo según el valor actualizado del inmueble; variable con base en porcentaje de las ventas; y mixto, compuesta por una porción fija más porcentaje de ventas. Sin embargo, el artículo 31, que originalmente señalaba que el valor del inmueble para el momento de la transacción se determinaría mediante un promedio aritmético entre el método del mercado y del costo de reposición, cambió en la ley definitiva. Ahora, establece que será “mediante avalúo realizado según el método de costos de reposición”, y “corresponde a la Sundde supervisar y acordar la metodología de avalúo a aplicar”.
Los otros dos cambios se hicieron en el artículo 32. Se redujo de 24% a 20% la rentabilidad máxima anual que pueden tener en el primer año los centros comerciales y locales completamente nuevos. Asimismo, el porcentaje por aplicar y definido por las partes sobre el monto de ventas para calcular el canon se redujo de entre 1% y 10% a entre 1% y 8%, y de entre 10% y 20% a entre 8% y 15% para casos de operaciones cuya actividad principal sea entretenimiento.
Fuentes del sector señalan que “la ley es positiva”, pero temen que los valores de inmuebles que fijará la Sundde resulten “irrisorios” por excluir el valor del mercado y desestimulen el alquiler.
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