Femicidio agravado, un delito comtemplado en el artículo 58 de la Reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sería uno de los tres delitos que le podrían imputar a Manuel Espinoza, “El Monstruo de Santa Rosa”, de producirse su captura por parte de los cuerpos de seguridad.
Organismos que no han cesado en las acciones para encontrarlo, desde que se hallaron —el pasado lunes 7— los cuerpos de Greilys Ortega (25), pareja de “El Monstruo” y de tres hijos de ella: Miguel Efraín (9), Yusbelys Margarita (7) y Manuel José (6), a quienes violó y asesinó en Santa Rosa de Agua.
“Se han realizado varios allanamientos en zonas de Maracaibo y la Costa Oriental del Lago, no revelamos en cuáles por asuntos de inteligencia”, dijo una fuente del Cuerpo de Policía Bolivariana del Zulia (Cpbez).
Fuentes del Cicpc Trujillo informaron que “se han realizado varios allanamientos en San Rafael de Carvajal y la ciudad de Valera”.
“Enfrentaría una pena de entre 28 y 30 años”, explicó la penalista María Teresa Arrieta. “El ordinal primero del artículo 58 de la ley reformada, explica que el femicidio es agravado cuando medie o haya mediado una relación conyugal, unión estable de hecho o una relación afectiva con o sin convivencia”, cita la abogada.
Justo en esta categoría entra la relación de Manuel y Greilys. Se habían conocido en agosto de 2014, y vivían en la casa de ella, en el callejón Ayacucho de Santa Rosa.
La ley define al femicida como “aquel que intencionalmente cause la muerte de una mujer motivado por odio o desprecio a la condición de mujer, incurre en delito de femicidio”.
¿Odiaba “El Monstruo”, o sentía desprecio por la condición de mujer? En el crimen cumplió tres de las condiciones que tipifica la ley para definir ese estado.
En el segundo ordinal del artículo 58, se considera que existe odio o desprecio por esa condición cuando “La víctima presente signos de violencia sexual”, “aproveche las condiciones de riesgo o vulnerabilidad psicológica de la mujer”, y “se demuestre que hubo antecedentes de violencia contra la mujer”, se cita.
“A eso hay que sumarle el abuso sexual a los tres niños y el homicidio de cada uno”, explica Arrieta. “No opta a beneficios procesales por dos razones: tiene antecedentes, y porque es un caso que originó conmoción pública”, dijo.
Espinoza, quien acumulaba registros por hurto calificado en una discoteca de El Milagro en 2010 y por acoso u hostigamiento a una mujer en el sector 18 de Octubre en 2012 —ambos casos en los cuales recibió medida sustitutiva de la privación de libertad, consistente en presentación ante el tribunal—, mató a su pareja y a los hijos de ella.
Solo se le salvó una pequeña de siete meses, quien con su llanto, alertó a los vecinos de que algo malo sucedía dentro de la habitación.
Expertos forenses calculan que “la bebé estuvo cerca de nueve horas al lado de los cuerpos sin vida de su madre y sus hermanos”. Legalmente es hija de Espinoza. “El conoció a Greilys hace un año —explicó una de sus tías al día siguiente del hallazgo—, en septiembre de 2014. Ella estaba embarazada de cuatro meses. Cuando nació la niña, la reconoció”, dijo la pariente.
Una de las tantas voces ahogadas en llanto que, en Maracaibo y todo el Zulia, exigen justicia en el caso y la captura del desquiciado “Monstruo”.
Información de Panorama/www.diariorepublica.com