En la Gaceta Oficial No. 40.735 de fecha 31 de Agosto de 2015, y por Decreto presidencial No. 1969, se declara Estado de Excepción en 4 municipios de la denominada Zona 2 del estado Táchira.
Según el artículo 1, en los municipios Lobatera, Panamericano, García Hevia y Ayacucho se aplicará el Estado de excepción de conformidad con la Ley Orgánica de Estados de Excepción, a fin de que el Estado disponga de las medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación coyuntural, sistemática y sobrevenida del contrabando de extracción.
En el artículo 2, se señala Con la declaración de Estado de excepción en los municipios antes mencionados, quedan restringidas (en dichos territorios) las garantías de los derechos establecidos en los artículos 47, 48, 50,53, 68 y 112 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Cierre de frontera
Los ministerios de Defensa y Relaciones Interiores emitieron una resolución prorrogando la restricción al “desplazamiento fronterizo de personas, tanto por vía terrestre, aérea y marítima, así como el paso de vehículos” hasta tanto el Ejecutivo nacional levante las medidas adoptadas, segúnla Gaceta Oficial Nº 40.734 difundida ayer.
Tal restricción fue dictada en un principio el jueves 20 de agosto. Al día siguiente el presidente Nicolás Maduro declaró el estado de excepción en seis municipios del estado Táchira: Rubio,Capacho Viejo, Capacho Nuevo, Delicias, San Antonio del Táchira y Ureña. Esto para controlar el contrabando y neutralizar los grupos paramilitares, según el decreto. Ahora los ministerios de Defensa y Relaciones Interiores sostienen que “subsisten los motivos que originaron la restricción del desplazamiento fronterizo de personas”.
La resolución ordena al Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional (Ceofanb) que gire instrucciones pertinentes a los comandantes de las Regiones de Defensa Integral (Redi) para restringir el paso por las fronteras. Esto con el objeto de “resguardar la inviolabilidad de las fronteras y prevenir actividades de personas que pudiesen representar amenazas a la seguridad de la república”.
Una segunda resolución conjunta de los mencionados ministerios prohíbe en los municipios Lobatera, La Fría, San Juan de Colón y Coloncito “la circulación de personas, vehículos de transporte de carga, transportes de mercancías de cualquier rubro y de pasajeros”. La ejecución de la resolución está a cargo del Ceofanb, que debe establecer la coordinación con la Fiscalía y órganos de seguridad del Estado.
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