Este domingo 20 de mayo se lleva a cabo en Venezuela los comicios donde se elegirá al Presidente de la República, y a los distintos representantes a los Consejos Legislativos estadales, por ende la Ley Orgánica de Procesos Electorales existe las disposiciones que permiten a los ciudadanos involucrados en los comicios denunciar alguna acción que atente contra el proceso de votación.
A continuación le presentamos algunas conductas que pueden ser consideradas como delitos electorales:
•Suministrar datos o informaciones falsas al Consejo Nacional Electoral (CNE) al momento de la inscripción en el Registro Electoral Permanente.
•Funcionarios que se rehúsen a admitir la votación de electores que tengan derecho a votar.
•Quienes se nieguen a desempeñar el cargo para el cual han sido designados del Servicio Electoral.
•Quienes incumplan las regulaciones previstas en el artículo 76 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, sobre la prohibición de fijar carteles.
•Quienes incumplan las regulaciones previstas en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, sobre la destrucción de propaganda.
El ciudadano que incurra en algunas de estas acciones será sancionados con 15 a 50 U.T o 15 a 50 días de arresto proporcional.
Globovisión