Como ya lo había anunciado el presidente Nicolás Maduro en su programa televisivo, el monto total del ticket de alimentación aumentará para todos los empleados, bien sea que laboren para una empresa pública o una privada e incluso, si ganan más de tres salarios mínimos.
1) ¿De cuánto es el incremento de los nuevos cestatickets?
Ahora cada trabajador podrá recibir hasta Bs 6.750 mensuales, si no se le realizan descuentos por inasistencias. La nueva ley establece que el monto mínimo diario es el equivalente a una Unidad Tributaria (UT) y media que son ahora Bs 225. El total entregado por las empresas no podrá exceder, de todos modos, de las 45 UT.
En términos netos, el aumento fue de 200% para las empresas privadas que solo cancelaban el antiguo mínimo de 0,50 UT, es decir Bs 75 diarios por jornada laboral. El incremento también considera la ampliación de la base de cálculo que ya no será estrictamente por día laborado que antes suponían 22 días, sino que ahora se hace sobre 30 días por mes.
2) ¿A cuáles trabajadores les corresponde la entrega del beneficio?
Todos los trabajadores de las empresas públicas y también de las privadas. Incluso aquellas que cuenten con menos de 20 trabajadores que pueden recibir el ticket de alimentación en la modalidad de efectivo, previa notificación a la Inspectoría de Trabajo.
¿Sólo corresponde a quienes ganen menos de tres salarios mínimos?
A diferencia de la antigua Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras promulgada vía habilitante en noviembre de 2014, la nueva norma no establece limitación alguna para la clase de empleados que son objeto del beneficio que el Gobierno reformó “para proteger y defender la capacidad adquisitiva de los trabajadores y las trabajadoras en materia alimentaria”, como reza el artículo 1.
4) ¿A partir de cuándo se hace efectivo este incremento?
El decreto entra en vigencia a partir de su publicación, es decir, desde el propio 23 de octubre que es la fecha de la Gaceta Oficial. La legislación solo otorga 30 días a las empresas que pagan en efectivo para que hagan la notificación respectiva ante su inspector del trabajo.
Las compañías del ramo, por ejemplo Cestaticket o Valeven, cuentan con un lapso hasta el 31 de diciembre para incluir en sus productos la distinción de “Cestaticket Socialista” que deberá aparecer en todos los tickets, cupones o tarjetas de alimentación sin importar a cuál marca o banco pertenezcan. En el caso de las tarjetas electrónicas, el cambio de la denominación se hará en su respectiva fecha de vencimiento.
5) ¿Es el ticket de alimentación la única modalidad que tienen las empresas?
La nueva Ley del Cestaticket Socialista que apareció este lunes publicada en la Gaceta Oficial N° 40.733 establece que las compañías pueden entregar el beneficio con los tickets o a través de una tarjeta electrónica emitida por una entidad financiera o empresa especializada en el ramo.
Sin embargo, también contempla que las empresas pueden otorgar ese beneficio de “una comida balanceada durante la jornada de trabajo” mediante la instalación de un comedor en la empresa, la contratación de un servicio de comida, la creación de comedores comunes para varias compañías o incluso a través de la entrega de un cupón para los comedores administrados por el Instituto Nacional de Nutrición (INN).
Vía Analitica / www.diariorepublica.com