La resolución oficial establece que los transportistas deberán presentar al Inac las bandas tarifarias vigentes dentro de cinco días continuos contados a partir de la publicación de la norma.
Tal como había ofrecido Hebert García Plaza, ministro de Transporte Acuático y Aéreo, en reunión sostenida el jueves con representantes de las líneas aéreas, el viernes se dieron a conocer las condiciones generales para el sistema tarifario de venta de los boletos, relativos al servicio público de transporte por vía aérea de pasajeros, carga y correo realizado por empresas extranjeras del sector.
Con antelación. El documento establece que las tarifas deben ser notificadas a la autoridad aeronáutica en un plazo de 30 días continuos antes de la ejecución de las mismas.
Resalta que los transportistas deben agregar información relacionada con punto de origen y destino de la operación, clases tarifarias, designador tarifario, tipo de viaje, número de asientos disponibles en cada clase tarifaria clasificados y justificados por operación y por equipo, y precios de venta, incluyendo las tasas aeroportuarias e impuestos. Deben incluir las millas recorridas desde el punto de origen hasta el punto de destino y las condiciones y restricciones de venta presentadas por el transportista aéreo extranjero para cada clase y subclase tarifaria y aprobadas por la autoridad.
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