El Banco Central de Venezuela y el Ministerio de Finanzas culminaron el diseño del Convenio Cambiario número 27 publicado en la Gaceta Oficial 40.368 que circula hoy.
El Convenio establece que la oferta de dólares en este sistema que complementa al Sicad y a la asignación de dólares a 6,30 bolívares será en efectivo y a través de bonos en divisas de la República o sus entes descentralizados, «o por cualquier otro ente público o privado, nacional o extranjero, que estén inscritos y tengan cotización en los mercados internacionales».
El efectivo y los bonos para alimentar al Sicad II provendrán del Banco Central de Venezuela, Pdvsa, personas naturales, empresas del sector privado y cualquier otro ente público que tenga la autorización del Ministerio de Finanzas.
Las operaciones de compra podrán realizarse a través de bancos, la Bolsa Pública, bancos microfinancieros y casas de Bolsa. Podrán adquirir divisas en el Sicad II las personas mayores de edad y las empresas que estén residenciadas en el país.
El mercado operará diariamente y el convenio establece que «las instituciones operadoras deberán mostrar las cotizaciones de demanda a objeto de poder realizar compras a las otras instituciones operadoras que tengan cotizaciones de oferta».
Los bonos en dólares que se compren en el Sicad II podrán ser negociados «libremente, en divisas, en los mercados internacionales» y los bancos podrán adquirir los títulos de sus clientes.
Cuando lo estime conveniente el Banco Central de Venezuela podrá intervenir para evitar «o contrarrestar el efecto de fluctuaciones erráticas en orden a las condiciones macroeconómicas».
Diariamente el BCV «publicará el tipo de cambio de referencia correspondiente al tipo de cambio promedio ponderado de las operaciones transadas durante cada día».
Vía El Universal