Los dólares se venden cerca de 54 bolívares el martes, en la segunda jornada de un nuevo mecanismo de compra y venta de divisas lanzado por el país.
El lunes, en su jornada inaugural, el Sicad 2 vendió divisas a un tipo de cambio promedio de 51,8 bolívares, u ocho veces por encima del tipo de cambio oficial preferencial de 6,3 bolívares.
Lo operadores bancarios agregaron que el volumen de las operaciones se mantenía bajo.
Requisitos exigidos por el BCV para participar en el Sicad II
Para adquirir dólares vía Sicad II, cuya primera subasta situó el dólar a 51,86 bolívares por unidad, será necesario el cumplimiento de una serie de requisitos, siendo el primero la apertura de una cuenta en dólares en Venezuela. Ello, tras una serie de reformas legales, es posible en cualquier institución bancaria. Fuentes del sector financiero resaltaron que los documentos necesarios para abrirlas son similares a los requeridos cuando se abre una cuenta en bolívares, es decir, referencias bancarias, recibos de pago de servicios y una copia de la cédula de identidad. El trámite se facilita si la cuenta se abre en un banco en el que ya la persona maneja otros instrumentos financieros.
Ya con la cuenta disponible, desde este lunes 24 de marzo es posible hacer las solicitudes de divisas para lo cual otros requisitos serán necesarios, entre los cuales se encuentran estar residenciado en Venezuela, presentar el original y copia de la cédula de identidad, original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF). Si necesita vender divisas a través del Sicad II, no es necesario ser residente en el país, y debe presentarse el original y copia del pasaporte.
No más de una solicitud diaria
Tanto compradores como oferentes de divisas deberán hacer una declaración jurada sobre el origen y destino de los fondos y eventualmente presentar documentos que demuestren que esos fondos son lícitos.
El Banco Central de Venezuela (BCV) explicó en una circular dirigida a los bancos y casas de bolsa -que son las instituciones autorizadas para tramitar las solicitudes- que el horario para las solicitudes será entre las 8:30 y las 11:30 de la mañana.
La persona que quiera comprar divisas deberá presentar al operador su solicitud en la que debe señalar el monto denominado en dólares y la cotización a la que desee adquirir.
Según señalaron las fuentes del sector financiero, el BCV definirá una banda de cotizaciones para determinar quienes serán los que recibirán las divisas, similar a lo que ocurre en el Sicad. Por ejemplo, si una persona solicita 1.000 dólares a 70 bolívares por dólar y el promedio de las solicitudes arrojan un rango de 50 a 60 bolívares por dólar, esa persona no obtendrá divisas. «Los que queden fuera del rango no obtienes dólares», manifestaron los consultados.
En la circular del ente emisor se explica que cada persona podrá hacer una solicitud diaria y que, de acuerdo a las condiciones de la oferta existente, el solicitante podrá recibir efectivo y/o títulos valores.
En este último caso, habrá un monto mínimo de compra o venta de bonos que será establecido por el BCV en el prospecto de la emisión.
Requisitos que podrán ser requeridos por las Instituciones Operadoras a los participantes:
Personas naturales:
*Demandantes u oferentes de divisas residenciados en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela: i) original y copia de la cédula de identidad expedida por la autoridad venezolana competente o en su defecto original y copia del documento de nacionalización; y, ii) original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) o ejemplar del Comprobante Digital vigente.
*Oferentes de divisas no residenciados en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela: original y copia del pasaporte.
Personas Jurídicas:
*Demandantes u oferentes de divisas residenciados en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela: i) original y copia del documento constitutivo o estatutario, debidamente registrado y vigente, en caso que no repose en el expediente
del cliente; ii) original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) o ejemplar del Comprobante Digital vigente.
*Oferentes de divisas no residenciados en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela: i) original y copia del documento constitutivo, estatutario o del que haga sus veces de la persona jurídica respectiva; y, ii) original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) o ejemplar del Comprobante Digital vigente, en caso que aplique.
Requisitos comunes:
Declaración Jurada sobre origen y destino de los fondos, de acuerdo con el modelo suministrado por los organismos supervisores, así como cualquier otra documentación necesaria para satisfacer las exigencias de políticas de prevención de los delitos de legitimación de capitales o de delitos relacionados con la delincuencia organizada u el financiamiento al terrorismo.
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